LA CONDENA DE LA CONSTITUCIÓN
Juan Manuel Salazar Pimentel
juanmsalazarp@gmail.com
Los numerosos hechos delictivos que todos los días reseñan los medios de difusión, obligan a mantener la mayor atención en las leyes vigentes.
La Constitución de México dice que la seguridad pública comprende, es decir, incluye la investigación y persecución de los delitos, ...para hacerla efectiva, o dicho de otro modo: para hacerla real y verdadera.
Así, cuando la Constitución, que es la Ley Suprema del país, define el alcance de la función de ese servicio público que denomina seguridad pública, al mismo tiempo define cómo y cuando ese servicio no es efectivo; cuando deja de ser real y verdadero. La Constitución, ciertamente, es un juez muy severo; en cada una de sus voces expresa mandatos ineludibles, pero en ellos también encierra condenas demoledoras.
Para que la seguridad pública sea efectiva, la Constitución manda que haya investigación y persecución de los delitos. Omitir la práctica de ese mandato constitucional, y aún hacerlo de modo insuficiente, deficiente o arbitrario, actualiza al instante el juicio lapidario de la Constitución que de antemano califica que sin investigación y sin persecución de los delitos la seguridad pública no es efectiva.
Según el Diccionario de la Real Academia Española, efectivo significa real y verdadero en oposición a quimérico, dudoso o nominal. Por ello, la Constitución, que usa magistralmente el lenguaje, juzga que si no hay investigación y persecución de los delitos, la seguridad pública es sólo una cuestión quimérica, dudosa o nominal, o sea, que de ella sólo se tiene el nombre, pero nada más.
Son muchos, muchísimos los delitos ocurridos en Baja California, y especialmente en Tijuana y Rosarito; pero son pocos, muy pocos los delincuentes hasta hoy perseguidos y encarcelados.
La Ley de Responsabilidades del Estado estatuye que todo servidor público debe desempeñar su función, empleo, cargo o comisión observando siempre los principios de Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad y Eficiencia, actuando dentro del orden jurídico, respetando en todo momento la Constitución Política, etc., etc.
El orden jurídico exige investigar y perseguir los delitos; la legalidad impone el sometimiento a la ley; la lealtad significa cumplir con fidelidad los deberes del servicio público y las leyes del honor, entendido éste como cualidad moral que lleva al cumplimiento de los deberes propios.
Tal vez los servidores públicos que en Baja California tienen a su cargo las tareas de la prevención, investigación y persecución de los delitos han venido haciendo el mejor de sus esfuerzos que ellos son capaces de desplegar personalmente; sin embargo, los hechos muestran que ni la suma de todos esos esfuerzos ha sido suficiente para restablecer el orden público y devolver al pueblo la paz.
El servicio público también exige honradez y eficiencia, es decir, rectitud y capacidad para conseguir efectivamente los propósitos del bien público temporal. Tal vez sea tiempo de que los servidores del ramo de seguridad pública con lealtad y honradez, con fidelidad y rectitud, digan qué tanto pesa en ellos el juicio despiadado de la Constitución para su desempeño.

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